Prohibirían que adúlteros se casen con sus amantes

El Nuevo Código Civil de Puerto Rico penalizaría a adúlteros por cinco años.

La propuesta del Nuevo Código Civil de Puerto Rico, presentada este lunes por la representante María Milagros Charbonier, incluye en su Libro De Familia nuevos impedimentos para contraer matrimonio, entre estos haber sido adúltero.

“Los adúlteros con la persona que adulteró, que hubiesen sido declarados así por sentencia firme hasta cinco años después de dicha sentencia”, lee el borrador.

Además, se establece que los convictos de autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos tampoco podrá casarse.

El documento también establece la prohibición del matrimonio entre parientes colaterales por consanguinidad o por adopción hasta el tercer grado y los ascendientes y los descendientes por afinidad en la línea recta, si el vínculo matrimonial que creó la afinidad nacieron hijos, que tienen lazos consanguíneos con ambos contrayentes.

El proyecto reduce además las causales de divorcio de 11 a sólo cuatro: consentimiento mutuo, ruptura irreparable, adulterio y trato cruel. 

La propuesta presentada atempera la definición de matrimonio a la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en torno a los matrimonios entre personas del mismo sexo, estableciendo que se trata de "una institución que procede de un contrato civil entre dos personas". 

El nuevo Código Civil reconocería que el no nacido se tendrá por nacido, con todos los derechos de la persona.

“Para todos los efectos que le sean favorables” reveló el Padre Carlos Perez en el Capitolo. Sin embargo, aclaró que la nueva disposición no puede incidir en el derecho al aborto.

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